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Carteles obligatorios según la reglamentación Argentina

August 28th, 2008 por ricardo en Soluciones de oficina - Tags: , , ,

La ley y reglamentaciones de Seguridad e Higiene en Argentina detallan la obligatoriedad del uso de cartelería y señalización de aparatos y procedimientos para la seguridad de los trabajadores -o clientes- en las diferentes industrias.
Para cada rubro en particular, existen diferentes tipos de señalética y mecánicas de uso, pero hay reglas generales para cualquier industria o comercio en los referente a la evacuación en caso de accidente o incendio.
Según la ley 19.587 y sus anexos y reglamentaciones:
Términos generales
“Art. 9- Sin perjuicio de lo que determinen especialmente los reglamentos, son también obligaciones del empleador: [...] j) Colocar y mantener en lugares visibles avisos o carteles que indiquen medidas de higiene y seguridad o adviertan peligrosidad en las maquinarias e instalaciones;”
Con respecto a los colores e iluminación
“Art. 79.- Se marcará en forma bien visible los pasillos y circulaciones de tránsito, ya sea pintando todo el piso de los mismos o mediante dos anchas franjas de los colores indicados en el Anexo IV delimitando la superficie de circulación.”
[...]
“Art. 83.- Todas las señalizaciones deberán conservarse en buenas condiciones de visibilidad, limpiándolas o repintándolas periódicamente. Las pinturas a utilizar deberán ser resistentes y durables.”
Con respecto a las salidas de emergencia
“Art. 172.- Los medios de escape deberán cumplimentar lo siguiente: [...] 2. Donde los medios de escape puedan ser confundidos, se colocarán señales que indiquen la salida.”

Para bajar la reglamentación completa sobre seguridad e higiene en el trabajo, pueden visitar el sitio de la Red Proteger.

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